Temas

Santafé de Bogotá, octubre 22 de 1997

Señores

COMISION NACIONAL DE CONCILIACION

E.S.M.

 

Apreciados Comisionados:

Colombia se encuentra en una encrucijada dramática. Los evidentes síntomas de descomposición social, la ineficacia del Estado, la legitimidad disminuida del Primer Mandatario y la perplejidad de la comunidad nacional e internacional ante las continuas y nuevas denuncias que afectan de algún modo a su gobierno, han agravado el desconcierto en que se encuentra sumida la nación. Todo esto, por desgracia, ha impedido la formulación por parte del actual gobierno de una aceptable solución política negociada a la guerra fratricida cada vez más cruenta y confusa.

La más reciente de esas frustraciones fue el resultado de la misión que el presidente Ernesto Samper le encomendó a sus consejeros de paz, los señores José Noé Ríos Muñoz y Daniel García-Peña Jaramillo, que consistía en "definir los términos y condiciones dentro de los cuales podría celebrarse un primer diálogo de paz" con los grupos insurgentes, y formular "recomendaciones sobre el tratamiento que para conseguir el mismo objetivo debería darse a los denominados grupos de autodefensa como partes del conflicto armado".

Al cabo de varias semanas de grandes expectativas, los funcionarios referidos indicaron con toda claridad, que "la desconfianza hacia lo institucional por parte de los movimientos insurgentes, constituyeron un permanente obstáculo para cumplir la misión exploratoria en lo que se refiere a los contactos directos". No obstante, los señores Ríos y García-Peña sugirieron algunos mecanismos tentativos de diálogo, que el propio Presidente de la República puso a consideración de los insurgentes en un discurso solemne y en el ámbito histórico del Palacio de Nariño durante la instalación del Consejo Gubernamental de Derechos Humanos. "El clamor de la sociedad civil por una fórmula de paz es lo más importante", dijo en esa ocasión. Y concluyó: "Estamos pendientes de la reacción de los grupos alzados en armas frente a mi propuesta de iniciar con plenas garantías un proceso formal para discutir y firmar un acuerdo marco para la paz, que defina un camino de reconciliación para los próximos años". La negativa de las organizaciones irregulares fue casi inmediata, al tiempo que reiteraron su decisión de no dialogar con el actual gobierno.

Nadie puede negar, y nadie lo ha puesto en tela de juicio, que dentro del marco constitucional vigente, corresponde al Presidente de la República el manejo del orden público en todo el territorio patrio. A los gobernadores y alcaldes les corresponde colaborar en el mismo empeño dentro de sus respectivos territorios. Sin embargo, se debe recordar igualmente que "la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento" (Art.22, CP de C). Y recordar también que todos los miembros de la comunidad nacional están en el deber de engrandecer y dignificar la calidad de colombiano obrando conforme a principios de solidaridad, defendiendo los derechos humanos, la justicia social, rescatando los fundamentos de la convivencia, participando en la vida política, cívica y comunitaria del país, y propendiendo al logro y mantenimiento de la paz (Capítulo 5, De los Derechos y Deberes, Art. 95, No. 2,4,5,6 CP de C).

Hoy, ante el fracaso de las iniciativas gubernamentales, unos colombianos de paz, conscientes de los derechos y deberes emanados de la Carta fundamental, sin más interés que la salud de la patria y bajo nuestra propia responsabilidad, nos entregamos al deber de explorar nuevos senderos de reconciliación, cimentando nuestras iniciativas y conductas no solo en el Derecho sino también en la justa razón.

La exploración que hicimos en las semanas recientes logró con los movimientos armados los contactos que los delegados presidenciales infortunadamente no pudieron obtener con su meritoria diligencia. Estos contactos directos permitieron madurar los pasos concretos hacia un proceso de paz que se exponen a continuación:

1. En el acto de posesión del nuevo Presidente de la República elegido dentro del calendario electoral vigente, éste procedería a integrar un gabinete ministerial de unidad nacional con personalidades de una amplia representación política y social.

2. Una vez integrado el gobierno, el señor Presidente, en su condición de director de la fuerza pública y Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República, procedería a ordenar el despeje de una área previamente acordada del territorio nacional en conflicto, o lo que es igual, a efectuar el retiro de la fuerza pública del espacio geográfico predeterminado. Esta área se convertiría en zona de distensión y diálogo a fin de facilitar, con plenas garantías y total seguridad, el encuentro de representantes del Gobierno, del Congreso, de la sociedad civil y de la Comisión de Conciliación Nacional con los insurgentes.

3. Los anteriores estamentos establecerían, de común acuerdo, una agenda que habría de incluir, entre otros puntos, el estudio y preparación de un proyecto de Ley de convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente dentro de los presupuestos que para el efecto manda cumplir el artículo 376 de la Constitución Nacional (competencia, período, composición y referendo popular).

La convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente se haría bajo el entendido de que, como lo señalara la Corte Suprema de Justicia en histórico pronunciamiento del 25 de mayo de 1991, y citando a Bobbio: "la vida política se desarrolla a través de conflictos jamás definitivamente resueltos, cuya resolución se consigue mediante acuerdos momentáneos, treguas y esos tratados de paz más duraderos que son las Constituciones".

Se recomiendan como temas prioritarios de estudio, dentro del marco constituyente, la introducción en la Carta de mecanismos que impidan poner en desventaja al ciudadano respecto de las acciones de amparo ya consagradas para él en el texto constitucional; la revisión y modificación, en lo que fuere pertinente, de la organización y la estructura del Estado y de los procedimientos de aprobación por parte del Congreso de la Ley Orgánica de Reordenamiento Territorial.

Igualmente, cabría aprovechar el encuentro nacional de las partes citadas en la zona de distensión y diálogo para concertar una verdadera reforma agraria dentro del marco de una política agraria integral; a la vez, se procedería a estudiar con la debida consideración y ánimo democrático, los puntos y tópicos que los irregulares quieran exponer o proponer.

4. El retiro de la fuerza pública de la zona geográfica acordada con la insurgencia y con la colaboración comprensiva de los altos mandos militares de la nación, se efectuaría en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha en que se imparta la orden presidencial dirigida al logro de tal despeje. Verificado dicho retiro por la insurgencia con la colaboración del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), y otros organismos no gubernamentales escogidos por las partes para tal menester, la insurgencia procedería a ordenar el cese al fuego y demás operativos militares de carácter ofensivo. Veinticuatro horas más tarde, el Presidente de la República, consecuente con tal iniciativa, procedería a ordenar el cese al fuego y demás operativos militares respecto de aquella o aquellas organizaciones alzadas en armas que previamente hayan manifestado lo propio.

5. Una vez dadas las etapas conducentes al inicio de los diálogos antes referidos, se identificarían los países amigos de Colombia que se constituirían en facilitadores y garantes del proceso y las demás instituciones y personalidades nacionales e internacionales coadyuvantes.

Señores de la Comisión Nacional de Conciliación: los puntos que se ponen a la consideración de ustedes en forma pública y por su conducto al señor Presidente de la República y a la sociedad toda, deben tener como alta mira la paz nacional. Pero esa paz -como lo advierte esta Comisión en excelente documento- debe ser " obra de la justicia"; que "supone y exige la instauración de un orden justo en el que los hombres pueden realizarse como tales, en donde su dignidad sea respetada, sus legítimas aspiraciones satisfechas, su acceso a la verdad reconocida, su libertad personal garantizada. Un orden en el que los hombres no sean objetos, sino agentes de su propia historia".

Se trata de rescatar la natural capacidad de sonreír del pueblo de Colombia, de devolver a nuestros hijos la vocación para soñar y de citarnos prontamente en algún lugar de la patria para reconstruirla.

Ahora bien, este proceso sometido a consideración de la insurgencia armada, como ya se indicó, queda diseñado para darse a partir del 7 de agosto del año entrante, con la posesión del nuevo Presidente. Pero al mismo tiempo -y así me corresponde proclamarlo- puede convertirse en realidad antes de lo anunciado para evitar no solo milllares de muertos, sino garantizar el normal desarrollo y la transparencia de las elecciones del año entrante, si así lo determina en forma patriótica el señor Presidente, reconociendo que la paz es la prioridad nacional pero que los hechos son tozudos y que no son distintos a los arriba señalados.

Cualquier que sea la decisión sobre la fecha en que se pueda iniciar este proceso, el propósito es seguir ampliando el consenso en torno a esta fórmula constitucional para la paz.

Dado que esta propuesta, considerada como viable y seria por los actores principales del conflicto armado, fue objeto de interpretaciones equívocas por las instancias más altas, calificada de inconstitucional sin conocer su contenido, y acusados sus autores de conspirar contra el poder supremo y de instigar la guerra y no la paz, me he tomado la atribución de presentarla personalmente ante ustedes. De esta manera las personas que han contribuido al proceso y los que han mostrado su entusiasmo podrán manifestarse con mayor tranquilidad y sin coacción o temor alguno.

 

Cordialmente,

 

Por Favor envie sus comentarios a: juanma@buengobi.org