Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

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Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a la abolición de la pena de muerte
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Miembros en verde oscuro; signatarios en verde claro; y no miembros en plomo.
Tipo de tratado Tratado internacional
Suscripción 15 de diciembre de 1989
Nueva York
Efectivo el 11 de julio de 1991
Firmantes 35[1]
Partes 72[1]
Depositario Naciones Unidas
Idiomas Árabe, chino, español, francés, inglés y ruso
Sitio web Texto del Protocolo

El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a la abolición de la pena de muerte es un acuerdo paralelo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en inglés). Fue aprobado el 15 de diciembre de 1989 y entró en vigor el 11 de julio de 1991. Para enero de 2010, tenía 72 miembros y 35 signatarios.[1]

Contenido

[editar] Contenido y reservas

El Segundo Protocolo facultativo compromete a sus miembros a la abolición de la pena de muerte al interior de sus fronteras, aunque el artículo 2.1 permite a los miembros hacer excepciones que permiten la ejecución en caso de crímenes graves en tiempos de guerra. Inicialmente, Chipre, Malta y España presentaron esas reservas y, subsecuentemente, las retiraron. Azerbaiyán y Grecia todavía mantienen reservas en la implementación del Protocolo, a pesar de que ambos prohibieron la pena de muerte bajo todas las circunstancias.

[editar] Referencias

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

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