Presentación general

El Plan Nacional sobre Drogas (PNSD) es una iniciativa gubernamental creada el año 1985 destinada a coordinar y potenciar las políticas que, en materia de drogas, se llevan a cabo desde las distintas Administraciones Públicas y entidades sociales en España.

Según el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo (BOE de 26 junio 2004), corresponde a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas la dirección, impulso, coordinación general y supervisión de los servicios encargados de la actualización y ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, bajo la superior dirección del Secretario General de Sanidad.

La estructura organizativa del Plan es la siguiente:

  • Un Grupo Interministerial, presidido por la Ministra de Sanidad y Consumo y del que forman parte los Ministros de Justicia, de Educación y Cultura, de Interior, de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el Secretario de Estado de Hacienda, el Secretario de Estado de Economía y el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. La Secretaría de este Grupo Interministerial la ostenta la Delegada del Gobierno para el PNSD.

  • La relación entre la Administración Central y las CC.AA. se efectúa a través de dos órganos:

a) La Conferencia Sectorial, presidida por la Ministra de Sanidad y Consumo, órgano de decisión política, formado por los miembros del Grupo Interministerial y los Consejeros responsables de la política de drogodependencias en el ámbito autonómico y,

b) La Comisión Interautonómica, presidida por la Delegada del Gobierno para el PNSD, de la que forman parte los responsables directos de los Planes Autonómicos sobre Drogas existentes en las 17 CC.AA. y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, que eleva propuestas de carácter técnico a la Conferencia Sectorial y ejecuta las directrices emanadas de la misma.

La participación de la sociedad civil ­Organizaciones no Gubernamentales, iniciativa privada, fundaciones, empresas, etc.­ se articula mediante variadas fórmulas de cooperación.

El Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, regula en detalle las funciones que le corresponden a la Delegación del Gobierno. Entre éstas cabe destacar:

  • La preparación y coordinación de todos los asuntos que hayan de someterse al Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas, así como velar por la ejecución de todos sus acuerdos

  • Ejercer la coordinación en este ámbito entre órganos y unidades de los distintos departamentos ministeriales, de acuerdo con la declaración política aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en junio de 1998 y con la Estrategia Europea de Drogas 2000-2004 y el plan de acción que la desarrolla

  • El mantenimiento de las relaciones con las diferentes Administraciones e instituciones tanto publicas como privadas, incluyendo las organizaciones no gubernamentales, que desarrollen actividades en el ámbito del Plan Nacional sobre Drogas, prestándoles el apoyo técnico necesario

  • Diseñar, impulsar, coordinar, evaluar y efectuar el seguimiento de programas de prevención, asistencia y reinserción en el ámbito de las drogodependencias

  • Realizar y coordinar en el territorio español actividades de recogida y análisis de datos y de difusión de la información, tanto de carácter estadístico como epidemiológico, sobre el consumo de drogas y las toxicomanías, definiendo, a tales efectos, indicadores y criterios, actuando como Observatorio Español de la Droga y las Toxicomanías, sin perjuicio de las competencias que en sus respectivos ámbitos territoriales puedan ejercer las comunidades autónomas sobre la materia, de acuerdo con sus Estatutos de Autonomía

  • Servir como órgano estatal de comunicación con el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías en el ejercicio por este de las competencias que tiene reconocidas en la normativa comunitaria

  • Dirigir y coordinar las actividades de investigación y formación, como Instituto Nacional de Investigación y Formación sobre Drogas, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1911/1999, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Nacional sobre Drogas 2000-2008

  • Dirigir el Centro de Documentación del Plan Nacional sobre Drogas

  • Coordinar la posición nacional, participando en las reuniones de los organismos internacionales correspondientes,

    e intervenir en la aplicación de los acuerdos que se deriven de aquellas y, en especial, de las que se desarrollen en el marco de la cooperación en el seno de la Unión Europea, en materia de drogas, ejerciendo la coordinación general entre las unidades de los distintos departamentos ministeriales, que lleven a cabo actuaciones en tales campos, sin perjuicio de las atribuciones que estos tengan reconocidas y de la unidad de representación y actuación del Estado en el exterior, atribuida al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • Dirigir, impulsar y coordinar la cooperación internacional en materia de drogas con otros países

  • Impulsar y coordinar las relaciones bilaterales del Plan Nacional sobre Drogas en esta materia

  • Coordinar la asignación de los recursos presupuestarios del Plan Nacional sobre Drogas, así como elaborar la documentación necesaria para la formalización de los correspondientes programas presupuestarios

  • Gestionar y administrar todos los aspectos relacionados con los recursos humanos, económicos y técnicos de la Delegación del Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores u órganos directivos del departamento

  • Administrar y gestionar, bajo la dirección y supervisión de la mesa de coordinación de adjudicaciones, y sin perjuicio de la presencia en esta de los representantes del Ministerio del Interior, el Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, creado por la Ley 17/2003, de 29 de mayo, y prestar apoyo técnico y material a dicha mesa.