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Vehículos automotores particulares
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VEHÍCULOS AUTOMOTORES PARTICULARES

PERMISO DE CONDUCIR PARA MENORES DE EDAD

 

¿En qué consiste?

 

Trámite que realiza el padre, madre o tutor acompañado del menor, que tenga 15 años cumplidos y menos de 18 años, a fin de obtener un permiso para conducir vehículos automotores que requieran licencia tipo "A", motocicletas, bicimotos, triciclos automotores, tetramotos, motonetas y automóviles clasificados como transporte particular que no exceda de 12 plazas; de carga particular, cuyo peso máximo autorizado no exceda de 3.5 toneladas.

 

¿A quién está dirigido?

 

Conductores con 15 años cumplidos y menores de 18 años 

 

¿Cuáles son las áreas de atención?

 

Módulos de licencias y Control vehicular

 

¿Cuáles son los requisitos?

 

Presentar:

1.- Identificación Oficial, del padre, madre o tutor.**

2.- Acta de nacimiento del menor y credencial oficial con fotografía de identidad expedida por Institución Pública o Privada.**

3.- Constancia médica emitida por profesional autorizado que acredite el buen estado físico y mental del menor, para el caso de discapacitados que cuenta con los aditamentos necesarios para conducir el vehículo.*

4.- Constancia de curso de manejo de los centros educativos que señale y autorice la Secretaría de Transportes y Vialidad, información que podrá obtener en los módulos y centros de Servicios de licencias de conducir.*

5.- Firmar declaración bajo protesta de decir verdad del padre, madre o tutor que los datos manifestados son correctos y verídicos, y que es el responsable solidario del menor.

6.- Comprobante de pago de derechos*

7.- Documento migratorio para extranjeros, que acredite su legal estancia en el país** No se otorgará a quienes tengan la calidad de turistas.

 

Original *

Original y Copia ** 

 

¿Cuál es el formato requerido

 

S/F

 

¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del trámite?

 

Inmediato. Una vez cubiertos los requisitos y realizado el pago, los interesados recibirán el mismo día el permiso para conducir.

 

¿Cuál es el costo?

 

Artículo 229.- Por los servicios relacionados con licencias y permisos para conducir vehículos, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I.- Por expedición o reposición de permiso para conducir vehículos particulares, con vigencia única $361.50

 

¿Cuál es el beneficio o resultado?

 

Permiso de conducir para menores de edad 

 

 

¿Dónde se reporta las quejas o sugerencias?

 

HONESTEL con número telefónico 55 33 55 33

 

¿Cuál es el fundamento jurídico?

 

-          Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 31 fracción XI.

-          Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal.- Artículo 7 fracción XXXI, 62, y 66.

-          Código Fiscal del Distrito Federal.- Artículo 229 fracción I.

-          Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal.- Artículo 95 fracción IV y VIII, artículo 124 fracción XII.

-          Reglamento de Tránsito Metropolitano.- Artículos 5 fracción I, 33 fracción IV, 39 fracción IV, 44 y 45 sexto párrafo.

-          Convenios de colaboración Secretaría de Transportes y Vialidad - Secretaría de Finanzas, para la prestación del servicio público de expedición de licencias de conducir.

-          Reglamento para el Control Vehicular y de Licencias y Permisos para Conducir en el Distrito Federal, artículo 4º fracción XVI, 16, 25 y 26.

 

¿Cuál es el procedimiento?

 

1.   El interesado acude o realiza llamada telefónica a la oficina de Licencias para solicitar información acerca de los requisitos que debe cubrir para la realización del trámite.

2.   Una vez que el interesado reúne los requisitos y documentación se presenta en la oficina de Licencias a solicitar le sea expedido el Permiso para Conducir

3.   En la ventanilla reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, el revisor la pasa a captura.

4.   El capturista registra en el Sistema los datos y entrega formatos al revisor quien llama al solicitante, para que revise que los datos asentados son los correctos, de ser así, pasa al módulo de toma de fotografía.

5.   Una vez tomada la foto, el usuario firma el permiso.

6.   El usuario es llamado en el módulo de entrega para recoger su permiso para conducir.

 

Observaciones

 

Este permiso para conducir, sólo será válido en un horario comprendido entre las 06:00 y las 22:00 horas.

 

Queda prohibido conducir en manifestaciones, caravanas, procesiones, exhibiciones deportivas y demás tipos de concentraciones humanas así como cualquier vehículo de transporte público, mercantil o privado de pasajeros o de carga en cualquiera de sus modalidades.

 

¿Cuál es la vigencia?

 

Se extinguirá al cumplir la mayoría de edad

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